Gobierno fija nuevo precio de diésel referencial para usuarios directos
El Gobierno de Bolivia ha promulgado el Decreto Supremo N° 5676, que fue firmado por el presidente Rodrigo Paz Pereira. Esta normativa introduce un nuevo sistema de comercialización de diésel dirigido a clientes directos, conocidos como Grandes Consumidores (GRACOS), con el propósito de reducir la carga fiscal que representa para el Estado la importación de […]
Por Mario Aliaga · 17 de agosto de 2026
El Gobierno de Bolivia ha promulgado el Decreto Supremo N° 5676, que fue firmado por el presidente Rodrigo Paz Pereira. Esta normativa introduce un nuevo sistema de comercialización de diésel dirigido a clientes directos, conocidos como Grandes Consumidores (GRACOS), con el propósito de reducir la carga fiscal que representa para el Estado la importación de combustibles.
El precio referencial inicial del diésel se establece en Bs 18 por litro, monto que ya incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este precio se aplicará a las ventas de diésel realizadas por YPFB a los clientes directos y GRACOS, así como a las estaciones de servicio que vendan a usuarios directos.
Es importante señalar que los precios para otros consumidores permanecerán sin cambios, según lo dispuesto en los decretos anteriores, números 5516 y 5652. Por lo tanto, la nueva regulación no implica un ajuste general del precio del diésel para toda la población.
La normativa también permite que el precio referencial se actualice diariamente, incluyendo costos de importación y los impuestos correspondientes. El Ministerio de Hidrocarburos y Energías tiene el encargo de aprobar la metodología para calcular este precio y el ente regulador será responsable de publicarlo diariamente en su sitio web.
Las estaciones de servicio tendrán un plazo de hasta dos días hábiles para adecuar sus sistemas de facturación a este nuevo mecanismo. Mientras tanto, los usuarios directos podrán adquirir el diésel a través de las plantas de almacenamiento de YPFB o YPFB Logística al precio referencial inicial.
Adicionalmente, el decreto establece que la diferencia entre el Precio Referencial y el precio mayorista deberá ser depositada a favor de YPFB por las estaciones de servicio, siguiendo los procedimientos establecidos. La medida busca mitigar el impacto financiero sobre YPFB sin afectar el abastecimiento interno, en un contexto de mayores costos de importación y volatilidad de precios en el mercado internacional.
Finalmente, la norma también establece un arancel del 0% para la importación de ciertos tipos de gasolina hasta el 31 de diciembre de 2027. El Decreto Supremo 5676 fue emitido el 16 de agosto de 2026 desde el Palacio de Gobierno, y su cumplimiento queda a cargo de los ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Hidrocarburos y Energías.